El Estado español, en cumplimiento de Directivas europeas, ha incorporado a su legislación una serie de normas con el objetivo de prevenir y evitar que bienes de procedencia ilícita se introduzcan en los mercados financieros, es decir, una normativa sobre Prevención del Blanqueo de Capitales. En laSalle10 contamos con los servicios de un equipo de expertos en prevención de blanqueo de capitales, muy especializados en agencias inmobiliarias, promotores e intermediarios financieros.
Conviene destacar por un lado, que el régimen sancionador no ha dejado de endurecerse, y que hay sanciones a las entidades y a las personas que ocupen puestos directivos. El mismo Código penal establece penas de prisión, incluso si el blanqueo de capitales se realizase por imprudencia grave, es decir, por omisión de medidas de diligencia debida, aunque no hubiera intención de blanquear por parte de la agencia inmobiliaria, promotora o intermediario financiero.
Por otra parte, es fundamental mantenerse actualizado, ya que hay novedades legislativas y los listados de Paraísos fiscales o de operaciones susceptibles de blanqueo también sufren modificaciones.
Ayudamos a implementar la Ley 10/2010 prestando los siguientes servicios:
Redacción del manual de procedimientos, con política de admisión de clientes, metodología de análisis de operaciones, comunicaciones internas y con el SEPBLAC, garantizando la confidencialidad de comunicaciones
Nombramiento de representante ante el SEPBLAC u Órgano de Control Interno.
Formación presencial de directivos, empleados y colaboradores.
Auditoría por un experto externo, consignando los resultados en un informe escrito.
Consultas sobre el ámbito de aplicación de la Ley por correo electrónico y respuesta en menos de 24 horas.
Adaptación de toda la modulística (contratos privados, notas de encargo, partes de visita, etc...) a la normativa.
Posibilidad de externalización de Unidad Técnica de PBC, comprometiéndonos a solicitar a los clientes la documentación necesaria, analizar la operación e emitir dictamen en menos de 24 horas.
Posibilidad de adaptar el CRM o software de gestión inmobiliaria a la normativa de PBC, de forma que los directivos, empleados y colaboradores no tengan que "insertar" los datos de clientes, inmuebles, medios de pago... varias veces.
Actualizaciones de legislación, de listados de supuestos y de países o territorios de riesgo o paraísos fiscales.
Canal de comunicación interna (garantizando la confidencialidad de los comunicantes)
Ofrecemos la posibilidad de contratar todos los servicios o solo algunos de ellos. Contacte con nosotros para más información.